Las asociaciones de la prensa andaluzas presentan alegaciones al anteproyecto de ley orgánica que regula el secreto profesional

(APM) Consideran que no garantiza este derecho constitucional ni el ejercicio de la libertad de información y abre la puerta al intrusismo

Málaga, 19.09.2025 | Las diez asociaciones de la prensa de Andalucía han presentado esta mañana un pliego de alegaciones al Anteproyecto de Ley Orgánica Reguladora del Derecho al Secreto de los Profesionales de la Información y de los Prestadores de Servicios de Medios de Comunicación, por considerar que el documento aprobado por el Gobierno en la sesión del Consejo de Ministros del 22 de julio pasado no garantiza plenamente este derecho constitucional. Entre los aspectos más preocupantes, las asociaciones advierten de que la definición de profesional de la información que se incluye en el articulado abre la puerta al intrusismo profesional, subestima y simplifica el trabajo periodístico e ignora el papel de las facultades de Ciencias de la Comunicación como garantes de una formación crítica, sustentada en la ética y deontología que requiere la función social que se otorga al periodista en una democracia.

En el artículo 2.a del Anteproyecto se considera como profesional de la información a: “Toda persona física o jurídica que se dedique profesionalmente a la búsqueda, tratamiento y difusión de información veraz de interés público, a través de cualquier medio de comunicación, con la finalidad de hacer efectivo el derecho a la información”. Las asociaciones manifiestan que bajo esta definición puede ampararse cualquier persona sin preparación específica, lo que llama profundamente la atención cuando en el sistema universitario español contabiliza más de medio centenar de universidades que imparten estudios de periodismo y comunicación, la mayoría de carácter público. En este sentido, advierten de que quedarían protegidos por el secreto profesional actividades de personas y organizaciones que contravienen en muchos casos el derecho a la información de la ciudadanía, al producir contenidos que no se guían por criterios periodísticos ni códigos deontológicos de la profesión.

Las asociaciones andaluzas proponen que se incluya en la definición de profesional de la información la exigencia de estar en posesión de un título universitario en Periodismo o Comunicación audiovisual o de un carné expedido por la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) o Colegios Profesionales de Periodistas. Al respecto, proponen también añadir una disposición transitoria

Respectos a los códigos deontológicos de la profesión, sorprende a las asociaciones andaluzas que no haya en el texto del anteproyecto referencia alguna a los mismos ni a la pertenencia a órganos regulatorios. Piden que se subsane este vacío al entender que puede generar riesgo de abuso del secreto profesional por personas con intereses ajenos a su fin, además de la falta de reconocimiento a una práctica profesional consolidada.

Otro de los apartados objeto de alegación se refiere a la la inclusión de “persona jurídica” en la citada definición, obviando que el secreto profesional es una garantía individual. Demandan que se limite exclusivamente a personas físicas que ejercen el Periodismo, y se argumenta en las alegaciones que extenderlo a personas jurídicas puede suponer una contradicción con la doctrina constitucional, toda vez que las empresas cuentan ya con otros derechos (secreto empresarial, protección de datos, etc.) y, sobre todo, pueden tener otros intereses ajenos al derecho a la información de la ciudadanía, como su utilización en litigios comerciales, políticos o laborales.

El anteproyecto extiende el derecho al secreto profesional a “prestadores de servicios de medios de comunicación” sin delimitar con precisión este concepto, lo que puede favorecer intereses ajenos a la finalidad constitucional de proteger el derecho a la información. Las asociaciones andaluzas subrayan que esta indefinición legal amenaza con debilitar el ejercicio del periodismo regulado y ético, generando inseguridad jurídica y confusión en su aplicación, por lo que creen necesario acotar este término a empresas y profesionales sujetos a obligaciones deontológicas.

Todas estas aportaciones al anteproyecto de ley permitirían, según recoge el documento de alegaciones, obtener una norma que garantice de forma efectiva la independencia periodística y el derecho constitucional a la información, evitando ambigüedades y riesgos para la profesión y para el derecho a la información de la ciudadanía.

  • Asociación de la Prensa de Almería
  • Asociación de la Prensa de Cádiz
  • Asociación de la Prensa del Campo de Gibraltar
  • Asociación de la Prensa de Córdoba
  • Asociación de la Prensa de Jaén
  • Asociación de la Prensa de Jerez de la Frontera
  • Asociación de Periodistas de Granada
  • Asociación de la Prensa de Huelva
  • Asociación de la Prensa de Málaga
  • Asociación de la Prensa de Sevilla

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